Interes General
14/05/2025 - 20:44:17



Reforma migratoria de Milei: Ciudadanía por grandes inversiones, deportaciones exprés y residencia estricta


La administración nacional de Javier Milei anunció en horas de la mañana de este miércoles su reforma migratoria, que comprende modificaciones en los requisitos sobre los cuales se otorga la ciudadanía argentina, la residencia en el país y se avala tanto el ingreso, la permanencia y la expulsión de una persona extranjera. De manera complementaria, dispone el arancelamiento a ciertos servicios públicos para residentes temporales, transitorios e irregulares.

La medida fue anunciada por el vocero presidencial, Manuel Adorni, quien estuvo acompañado por la ministra de Seguridad Nacional, Patricia Bullrich, y el vicejefe de Gabinete del Interior, Lisandro Catalán, que tiene bajo su órbita la Dirección Nacional de Migraciones, que es el organismo de aplicación clave para los requisitos que saldrán en los próximos días mediante un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU).

“Es un DNU porque hay un contexto que lo amerita”, justificó una fuente inobjetable de la Casa Rosada. Alegan que la Ley de Ciudadanía N.º 346 “hoy perdió sentido y precisa un readecuamiento para evitar abusos”. La última vez que se había intentado modificar fue en 2017, también a través de un DNU impulsado por Bullrich durante la administración de Mauricio Macri, el cual fue declarado inconstitucional por un fallo de la Justicia. Esta vez, aseguran, tomaron en cuenta planteos de aquella ocasión.

El nuevo régimen contempla un conjunto de modificaciones normativas orientadas a establecer reglas diferentes para el ingreso, permanencia y acceso a la residencia y a la ciudadanía (la cual habilita la otorgación del Pasaporte y el derecho a voto en elecciones nacionales).

¿Qué dirá el nuevo DNU sobre este último punto? Que la ciudadanía argentina solo podrá obtenerse tras dos años de residencia continua y efectiva en el país, sin salidas del territorio. Es decir, si una persona sale del país podrá mantener su residencia, pero se le reinicia el plazo de dos años para aspirar a la ciudadanía, esta vez sin excepciones.

En caso de no estar encuadrado en ninguno de los regímenes de residencia legal, deberá regularizar su situación obligatoriamente si quiere iniciar ese período de dos años para la ciudadanía.

Como una novedad, la normativa crea una suerte de “ciudadanía por grandes inversiones”. Es un asunto que deberá ser elaborado en la reglamentación posterior, pero, a modo general, servirá para acelerar el proceso de ciudadanía para aquellos extranjeros que radiquen grandes inversiones en el país.

Los requisitos para acceder a la residencia permanente se reforzarán aún más. Esta se dará automáticamente solo hijos de argentinos. Los padres pasarán a encuadrarse en el régimen de residencia temporaria. Si luego acreditan arraigo, medios económicos suficientes (eso se determinará con exactitud en la reglamentación) y antecedentes penales limpios, están admitidos a ser residentes permanentes.

Quienes quieran mantener la residencia permanente no deberán irse del país más allá de un año (hasta ahora se habilitaba a que sean dos años). Mientras que en el caso de la residencia temporaria este plazo se acota a seis meses. Si se extiende el tiempo afuera del país se cancela ese estatus.

En lo que refiere al ingreso de extranjeros al país, el organismo de aplicación va a pedir en todas las ocasiones una declaración jurada y la contratación de un seguro médico.

Vinculado a esto, se mantiene la exclusión de aquellos que hayan presentado documentación falsa. Pero habrá nuevos agregados: no se permitirá entrar a quienes estén condenados una pena de cualquier tipo y plazo, incluidas las excarcelables y las que no están firmes; también no se dejará si esa persona está procesada por un delito mayor a tres años.

Para el caso de la permanencia en el país, el Estado podrá deportar cuando la persona extranjera haya hecho cualquier tipo de delito y tenga condena firme, no pudiéndolo hacer cuando esté en proceso de ser juzgado o le queden etapas para apelar. Se trata de un elemento central. Aunque no se tiene el número desglosado entre los extranjeros, el 39,2% de las personas privadas de su libertad en todo el país no tienen condena judicial, según los últimos datos del Sistema Nacional de Estadísticas de Ejecución de la Pena (SNEEP).

Como medida complementaria a esto último, se acortarán los plazos de apelación administrativa y judicial en los procesos de expulsión. A diferencia del DNU de 2017, no va a existir la “notificación de pleno derecho” para “proteger el derecho de defensa”.

Fuente: Infobae

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