El Ministerio de Trabajo dictó la conciliación obligatoria durante 15 días hábiles en el conflicto entre el gremio de camioneros y la empresa siderúrgica Siderar SA, cinco de cuyas plantas permanecieron bloquedas por la entidad sindical.
La viceministra de Trabajo, Noemí Rial, firmó la resolución 1191 de la cartera, que obliga a las partes a retrotraer el conflicto al inicio de la crisis, de acuerdo con lo que fija la Ley 14.786.
Desde hace varios días, los camioneros bloqueban las entradas de las plantas de Siderar, en respaldo al pedido de gremial para que muchos choferes sean efecitivizados por la empresa.
La conciliación fue aprobada por el ministro de Trabajo, Carlos Tomada, quien se comunicó por teléfono con el líder de los camioneros Hugo Moyano y los ejecutivos de la empresa metalúrgica para hacreles conocer la decisión.
Rial firmó la resolución 1191 "en salvaguarda del interés público que podría verse afectado", razón por la cual encuadró el caso "en los términos de la Ley 14.786".
En ese sentido se invocó la Ley de Contrato de Trabajo vigente, que obliga a las empresas a controlar que las contratistas cumplan con sus empleados las mismas normas laborales que rigen para sus empleados.
El artículo 29 de la ley de Contrato de Trabajo establece que "los trabajadores que habiendo sido contratados por terceros serán considerados empleados directos de quien utilice su prestación".
Eso significa que la empresa para la cual los choferes prestan servicios debe responder "solidariamente" por todas las obligaciones emergentes de la relación laboral y de "las que deriven del régimen de seguridad social".
Tomada se refirió además, al artículo 29 bis que establece que la compañía contratante debe realizar las retenciones a los pagos de los aportes previsionales.
Las autoridades ministeriales convocaron a las partes a negociar, aunque con la aclaración oficial de que la reunión iba realizarse "en el marco de la conciliación obligatoria"