El titular del Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional de Primera Instancia Nº2 de San Nicolás, Carlos Villafuerte Ruzo, procesó por el delito de extorsión al referente de la agrupación política Libres del Sur de nuestra ciudad que, según la acusación, les exigía un porcentaje de lo que cobraban a 26 beneficiarios del plan social Potenciar Trabajo, y los obligaba a participar de marchas y acciones del espacio que representaba.
El dirigente procesado es Néstor Roque Frangolini. La causa se inició en la Unidad Fiscal para la Investigación de Delitos relativos a la Seguridad Social (UFISES), a cargo del fiscal federal Guillermo Marijuan. Luego, por razones de jurisdicción, intervino el titular de la Sede Fiscal Descentralizada de San Nicolás, el fiscal federal Matías Di Lello.
El juez Villafuerte Ruzo dio a conocer el 30 de abril pasado la resolución, donde avala la imputación por el delito de extorsión que formuló el Ministerio Público Fiscal (MPF) en base a diversas evidencias.
El juez sostuvo que “ejerciendo su rol dentro de la organización, solicitó indebidamente dinero en carácter de colaboración, contribución o aporte a los beneficiarios de planes sociales, bajo amenazas de suspender o darle de baja en caso de no entregarlo o no asistir a las marchas y movilizaciones; habiendo percibido el dinero en una cuenta bancaria personal y en mano durante las reuniones que convocaba la organización”.
POR UN INFORME PERIODÍSTICO
El sumario sobre la conducta de Frangolini comenzó a partir de la denuncia tramitada por el fiscal Marijuan ante los hechos expuestos en una nota periodística publicada en el diario Clarín, el 30 de enero de 2024. Allí se relataban irregularidades en la gestión del Programa Potenciar Trabajo en San Nicolás que involucraba al dirigente del Movimiento Libres del Sur.
La publicación referenció al periodista Tomás Díaz Cueto, quien había difundido en redes sociales conversaciones tomadas de la aplicación WhatsApp donde surgía que Frangolini cobraba indebidamente porcentajes del monto de la prestación, y amenazaba a los beneficiarios con darle de baja si no concurrían a las manifestaciones sociales que convocaba.
Una vez formalizada la denuncia, el juzgado federal delegó la instrucción del sumario al MPF de San Nicolás que, entre otras medidas, dispuso tomar declaración testimonial al periodista Díaz Cueto, quien confirmó que ya había radicado una denuncia por esos hechos.
Esa causa se individualizó en la Fiscalía Penal, Contravencional y de Faltas N°6 del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), iniciada el 28 de enero de 2024 por la presunta coacción y/o extorsión a los beneficiarios de planes.
En ese primer tramo de la pesquisa, la Unidad de Delitos contra la Administración Pública del Cuerpo de Investigaciones Judiciales (CIJ) del MPF de CABA, realizó averiguaciones sobre el listado de integrantes de la “Asociación Civil Un Futuro para Todos” (unidad de gestión del Programa Potenciar Trabajo vinculada a Libres del Sur) donde surgió que 26 personas habían transferido dinero de manera periódica a la cuenta bancaria de Frangolini.
A su vez, las mismas personas coincidían con los nombres que aparecían en las listas de mensajes intimidatorios denunciados como enviados por el dirigente.
Como existían dos causas donde se investigaban los mismos hechos, el MPF solicitó al magistrado de la CABA que se inhibiera y remita las actuaciones al juzgado de San Nicolás, donde se unificaron.
LOS QUE NO APORTAN Y LOS QUE NO MARCHAN
La investigación acumuló múltiples evidencias que, para la Fiscalía, confirmaron los hechos, principalmente mensajes telefónicos que intercambiaban los beneficiarios damnificados con el dirigente. Una de las mujeres testificó que realizaba tareas comunitarias de peluquería dentro de la organización, hasta que se cansó de las amenazas y de aportar, y recordó que también la obligaron a fiscalizar en las elecciones nacionales de octubre de 2023.
También comentó que sufría amenazas de cancelarle el plan si no entregaba los aportes. Y entregó a la Fiscalía registros de comprobantes de seis transferencias que le hizo a Frangolini por $1.000, $6.600, $13.200; $1.000; $7.800 y $7.800.
Otra damnificada aportó como prueba capturas de pantalla con datos de la cuenta donde debía transferir los “aportes”. En su caso, cuatro transferencias por $14.600, $7.800, $7.300 y $8.100. Pero de un momento a otro, el dirigente pidió que no se transfiriera más el dinero, sino que debían entregarlo personalmente y en efectivo en las reuniones que convocaba.
Algunos mensajes que enviaba Frangolini son demostrativos de los hechos: “Buen día, hasta las 16 estamos recibiendo aportes. Personas que no aportaron en noviembre”, dice el texto que luego las identifica con nombre y apellido. Y después advierte: “Vamos a proceder a las bajas así no le causa gracia a nadie”.
En otro mensaje, el imputado indicó: “Esto es para todos los que no quieran hacer campaña, los que no aportan y los que no marchan y colaboran con la organización, directamente a partir de hoy los doy de baja estoy cansado de renegar, si no le interesa la organización váyanse no reniego más (...) Hay personas que nos toman el pelo y de verdad estoy cansado de dar oportunidades”.
Del análisis de los resúmenes de cuenta proporcionados por una entidad bancaria, se confirmó que Frangolini recibió periódicamente un gran número de transferencias de diferentes personas, que oscilaban entre los $1.000 y $34.000 pesos. En enero 2024, recibió 110 transferencias, acumuló un saldo a favor de 1.100.000 pesos y realizó una extracción en efectivo por caja de un monto similar.
LA IMPUTACIÓN DEL MPF
Frente a las evidencias, el MPF consideró acreditado el grado de sospecha sobre la participación de Frangolini en los hechos delictivos, y solicitó su indagatoria, acto que se formalizó el 11 de febrero pasado, instancia donde le imputó el delito de extorsión.
La imputación fue por “haber cobrado indebidamente al menos a 26 titulares del programa Potenciar Trabajo un porcentaje de la prestación, a cambio de gestionarles el acceso y permanencia, hechos delimitados entre el 11 de abril de 2023 y el 9 de enero de 2024”. La suma total que percibió fue de $721.705.
Al hacer su descargo, el dirigente entregó una planilla donde identificaba a las 26 personas nombradas que adherían a la organización Libres del Sur. Especificó que la organización se financia con aportes solidarios y voluntarios, que nunca extorsionó a nadie y que cada persona que integra o integró Libres del Sur firma el compromiso convencido de que esa era su intención. Expuso además que hubo “una intencionalidad política” en la denuncia en su contra.
DETERMINACIÓN COACTIVA
El juez Villafuerte Ruzo resolvió finalmente procesar al referente de Libres del Sur. “Se puede afirmar con el grado de certeza que Frangolini les cobró indebidamente a los beneficiarios dinero bajo amenazas intimidatorias”, expuso el magistrado.
La resolución describe que “vulneró la libertad de las 26 personas. Se vislumbra la finalidad patrimonial perseguida, así como también la incidencia ejercida por sus amenazas en el comportamiento de los beneficiarios de los planes que, ante las extorsiones manifiestas, tenían temor de perder el ingreso con el que sustentaban su hogar”.
“Ante el miedo a la pérdida de este ingreso social, los afectados realizaron transferencias bancarias y entregaron dinero en mano en reuniones al imputado. Ambas acciones son determinadas coactivamente a las víctimas por Frangolini”, explicó el juez.
Sobre el destino que le dio al dinero, Villafuerte Ruzo concluyó que “no es posible afirmar que fue destinado a comedores, merenderos o mejoras en viviendas, puesto que la documental aportada por el imputado y sus dichos no alcanzan para acreditarlo”. Pero aclara que “en el hipotético caso de haberlo destinado a esos fines, la conducta igualmente resulta antijurídica”.
El magistrado finalmente dictó el procesamiento -sin prisión preventiva- de Frangolini por considerarlo “prima facie” autor responsable del delito de extorsión en 26 hechos en concurso real. La resolución, que quedó firme la semana pasada, incluye la prohibición de salida del país y la inhibición general del acusado.
Fuente: fiscales.gob.ar