El Gobierno decidió aumentar del 20 al 35% el recargo para las compras con tarjeta de crédito en moneda extranjera y las operaciones turísticas. La alícuota, en concepto de adelanto del Impuesto a las Ganancias o Bienes Personales, se aplicará, además, para la compra de billetes físicos para viajar al exterior.
Así se cierra la única ventana que quedaba abierta para los minoristas para acceder al dólar a cotización oficial, hoy en $6,15.
La alícuota vigente hasta hoy había sido reformada en marzo, cuando el Gobierno amplió de 15% a 20% el recargo en concepto de obligaciones fiscales. El recargo nació en 2012 como una forma de contener la salida de divisas, esenciales para la balanza comercial y el pago de deuda.
La AFIP fundamentó el nuevo régimen en "decisiones de política económica". Así, la normativa publicada hoy sostiene que "tornan aconsejable extender la utilización de esa herramienta fiscal (el recargo del 35%) a la venta de moneda extranjera para gastos de turismo y viajes".
Y precisa: "Modifícase la Resolución General Nº 3.450, en la forma que se indica a continuación: a) Incorpórase como inciso d) del primer párrafo del Artículo 1°, el siguiente: "d) Las operaciones de adquisición de moneda extranjera —billetes o cheques de viajero— para gastos de turismo y viajes, con validación fiscal (1.5). Asimismo resultan incluidas las transferencias al exterior por turismo y viajes sujetas a validación fiscal (1.6).". El importe de la percepción practicada en ese caso "deberá consignarse en forma discriminada", añade la medida.