Mientras se desarrolló el paro en el transporte público de pasajeros la semana pasada, personal de la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Tránsito a cargo de Fito Fernandez Viña (foto), recorrieron las calles céntricas y observaron que transitaban colectivos de la empresa Vercelli por lugares que no corresponde provocando nudos en el casco céntrico. Esto fue en el marco de la protesta por sus haberes adeudados.
Con tomas fotográficas elevaron al Juzgado de Faltas otras infracciones como ser estacionar en lugares prohibidos y generar obstrucción en el tránsito por circular lentamente y parar para sumarse en uno de los casos, a manifestaciones como fue la hinchada de Boca que festejaba su día en Mitre y Sarmiento.
El Juez de Faltas recibió el centenar de infracciones dentro de las 48 hs de producidas las mismas y manifestó que les dará curso.
INFRACCIONES
De acuerdo a lo dialogado con el Juez de Faltas, Dr. Martín Brignoli, nos especificó detalles más técnicos que a continuación detallamos:
En la tarde de miércoles los choferes realizaron una concentración de unidades en la Plaza 14 de Abril y una posterior marcha en el radio céntrico, comprendido entre las calles Mitre, Sarmiento, Nación y Chacabuco ocasionando caos y taponamiento de la libre circulación del tránsito, además infringiendo dos artículos específicos del Código de Faltas en materia de tránsito y estacionamiento. Especialmente los artículos 373 y 349 que penan respectivamente, el estacionamiento de ómnibus de pasajeros fuera de las paradas autorizadas y el recorrido por el ejido céntrico de la ciudad fuera de las paradas autorizadas expresamente por las ordenanzas municipales.
Dichas actas fueron remitidas al Juzgado de Faltas el pasado viernes por la Subsecretaría de Ordenamiento Urbano, por lo que el Juzgado deberá citar a la empresa concesionaria para que realice los descargos correspondientes en cada caso particular, pudiendo dictar una sentencia por unidad u ómnibus involucrado en la violación de normas mencionadas y teniendo la empresa un plazo perentorio entre 5 y 10 días para hacer efectivo el pago.
El recurso de apelación sobre dichas multas solo podrá ser procedente en la medida de la cantidad de dinero que corresponda a cada multa ya que la ordenanza vigente fija un mínimo para apelar ciertas sentencias, tornando inapelables ciertos fallos administrativos.