La Prefectura San Nicolás, en circunstancias que efectuaba un patrullaje en el interior del Arroyo Ramallo, procedió a inspeccionar una embarcación, constatándose que a bordo tenía una carga de unos 2.000 Kg de pescado sin documentación.
Se trata de ejemplares de sábalo, carpa, tararira, patí, dorado y surubí, entre otras, acopiada a bordo con escasa cantidad de hielo y sin detectarse ningún equipo de refrigeración. Según se pudo saber priovenientes de Entre Ríos, Islas Lechiguanas. De este modo se labró una multa por la la Ley de Pesca Nº 4892 de la provincia de Entre Ríos al detectarse que la persona que estaba a cargo del navío no poseía ninguna documentación respaldatoria que acredite el acopio y traslado de dichos pescados.
A su vez algunas especies no llegaban a medir las dimensiones mínimas reglamentarias para ser extraídas, sumado a esto que la especie surubí se halla en veda permanente desde el 15 de agosto por Resolución Nº 276/2007 y el dorado se halla en veda comercial desde 01 de septiembre por Resolución Nº 913/1991, ambas de la Provincia de Entre Ríos.
La totalidad de la mercadería fue decomisada, trasladándola hasta la Prefectura local, donde personal del Departamento Bromatología del Municipio local, al verificar el estado de los pescados, dictaminaron que por las características que presentaban las mismas no eran aptas para el consumo humano.
La mercadería fue trasladada hasta la Empresa ENTRE S.R.L. para su disposición final.
A la embarcación involucrada se le instruyó un Sumario Contravención al Marítimo Nº 55/11 de este registro, caratulado “L/M BENEDICTA G (MAT- 0136) B/ARGENTINA AV/INF. ART. 205.0401 REGINAVE” por no efectivizar los despachos correspondiente.